SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2017-S1
Fecha: 10-Mar-2017
Fragmento 9
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la libertad, al debido proceso; y, una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de coacción y avasallamiento, el 27 de julio de 2016 solicitó la cesación de su detención preventiva; siendo programada la audiencia para el 4 de agosto de igual año; empero, la autoridad demandada la suspendió, argumentando que el 3 de agosto del mismo año, el Ministerio Público presentó requerimiento conclusivo, acusando formalmente a todos los coimputados, incluyéndolo; motivo por el cual, remitió inmediatamente todos los antecedentes de la causa para su consecuente sorteo, recayendo en el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz; por lo que, perdió competencia para llevarla adelante; sin embargo, el Juez demandado, envió intencionalmente el cuaderno de control jurisdiccional una hora y media antes de llevarse a cabo la referida audiencia programada cinco días atrás, debiendo resolverla antes de la citada remisión; incurriendo en dilación indebida al no conocer oportunamente dicha petición.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- Fragmento 9
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- I.
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- a)
- Fragmento 16