SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2017-S1
Fecha: 10-Mar-2017
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante manifiesta que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de coacción y avasallamiento, en dos oportunidades fueron suspendidas las audiencias para considerar su solicitud de cesación de su detención preventiva; centrando la problemática en el supuesto fáctico de que el 28 de julio de 2016, la autoridad demandada señaló una nueva audiencia para el 4 de agosto de igual año a horas 16:30, empero el día indicado, después de una hora y media de espera nuevamente la suspendió, argumentando que perdió competencia para llevarla adelante y resolver su situación jurídica, porque el 3 de agosto del mismo año, el Ministerio Público presentó requerimiento conclusivo con la respectiva acusación formal contra todos los coimputados, incluyéndolo; razón por la que remitió todos los antecedentes de la causa para su consecuente sorteo, recayendo en el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del departamento de La Paz; actuación considerada intencional, con el objeto de evadir el conocimiento oportuno de su petición, atentando sus derechos a la dignidad, a la libertad, al debido proceso y una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- Fragmento 9
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- I.
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- a)
- Fragmento 16