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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-s1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-s1

    Fecha: 10-Mar-2017

    III.3.  Sobre la carga de la prueba en la acción de libertad

    Al respecto, la SCP 2369/2012 de 22 de noviembre, indicó que: “‘La acción de Libertad no requiere la observancia de requisitos formales y en caso que exista algún defecto u omisión de requisitos de contenido o especificación de derechos, estas omisiones deben ser superadas por el juez o tribunal que conozca la acción y que actúa en el caso concreto como juez o tribunal de garantías constitucionales.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • Fragmento 6
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • guarde
    • ;
    • III.3.  Sobre la carga de la prueba en la acción de libertad
    • Si bien es cierto que en determinadas circunstancias de evidente lesión al
    • uno de los principios que rige este recurso es el de informalidad, pero se entiende que dicho criterio no alcanza a la obligación que tiene el accionante de presentar la prueba necesaria que acredite su pretensión.
    • el fallo del recurso debe obedecer a la certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física (...) certeza plena que sólo se logra con la compulsa de la prueba…’
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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