SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-s1
Fecha: 10-Mar-2017
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante considera lesionado su derecho a la libertad; toda vez que, habiendo acudido a dependencias del Organismo Operativo de Tránsito de la Policía Boliviana, a consecuencia de una colisión de motorizados, fue arrestado por los demandados, quienes sin orden legal alguna, lo mantuvieron privado de su libertad por más de nueve horas.
De la revisión del expediente se tiene que el accionante no adjuntó prueba que acredite los extremos denunciados, si bien es evidente que una de las características de esta acción tutelar es el informalismo, ello no implica que se abstraiga de adjuntar documentación que respalde la denuncia de lesión a sus derechos, teniendo en cuenta que la jurisdicción constitucional debe tener certeza plena y sustento válido para tutelar teniendo que contar con la prueba necesaria, consecuentemente de acuerdo con la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo, no son suficientes las aseveraciones efectuadas por el impetrante de tutela, pues el mismo tiene el cumplimiento de acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de los hechos reclamados a objeto de lograr sus pretensiones, puesto que, corre por su cuenta la carga de demostrar la existencia del acto lesivo que estima haya restringido sus derechos, lo que en el presente caso no se cumplió, ya que no aportó prueba necesaria para demostrar las vulneraciones alegadas debiendo en consecuencia denegarse la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- guarde
- ;
- III.3. Sobre la carga de la prueba en la acción de libertad
- Si bien es cierto que en determinadas circunstancias de evidente lesión al
- uno de los principios que rige este recurso es el de informalidad, pero se entiende que dicho criterio no alcanza a la obligación que tiene el accionante de presentar la prueba necesaria que acredite su pretensión.
- el fallo del recurso debe obedecer a la certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física (...) certeza plena que sólo se logra con la compulsa de la prueba…’
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR