SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0178/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

denegó

El Juez Público de Familia Séptimo de la Capital del departamento de Chuquisaca, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03/2017 de 4 de enero, cursante de fs. 258 a 263 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Para agotar las instancias previas a la acción de amparo constitucional, el ahora accionante debió acudir a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Chuquisaca, demandando su reincorporación y cuyo pronunciamiento hubiera agotado la instancia administrativa; b) Los trabajadores de YPFB se encuentran sujetos a la Ley General del Trabajo, hecho que demuestra que el hoy accionante pudo solicitar su reincorporación por la vía administrativa; c) El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de su Jefatura Departamental pudo expedir la conminatoria de reincorporación conforme a las pruebas y hechos existentes, ante el incumplimiento del empleador; y, d) La vía constitucional no es supletoria ni subsidiaria para la protección de derechos fundamentales.