SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0179/2017-S1
Fecha: 15-Mar-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01/2016 de 5 de mayo, cursante de fs. 303 vta. a 308 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Antonio Narváez Sontura contra Alfonzo Moisés Panoso Padilla, Presidente; Carmen Marcia Zenteno López, Vicepresidenta; Armando Sebastián Antonio Cortez Burgos, Secretario; Gertrudis Cano Cordero y Margarita Núñez Villena, Vocales, del Consejo de Administración; Grover Sandoval Siles, Presidente; Juan Carlos Gonzales Villca, Vicepresidente; Elena Albornoz Gareca, Secretaria; Fabián Vargas Tapia, Delvy Fernández y Santiago Galeán, del Comité Disciplinario todos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta “Madre y Maestra” Limitada (Ltda).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la relación de causalidad entre los hechos, derechos y petitorio como requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- 8. Petición’
- III.4. Análisis del caso concreto
- la exactitud en la formulación del petitorio
- REVOCAR