SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0184/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0184/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

III.3.  Análisis del caso concreto

En el caso que se analiza, la accionante considera vulnerados sus derechos a la defensa y al debido proceso en su vertiente de fundamentación y congruencia, puesto que la autoridad jurisdiccional ahora demandada, dentro del proceso de reconocimiento judicial de unión conyugal libre y de hecho interpuesto por Justina Pérez Vargas contra Oscar Enrique Céspedes Claros, no habría tomado en cuenta lo dispuesto por la entonces Jueza Primera de Instrucción de Familia del departamento de Pando, que en la Sentencia 002/2014 de 6 de octubre, declarando la unión conyugal de hecho entre Justina Pérez Vargas y Oscar Enrique Céspedes Claros, siendo parte de los bienes gananciales, bienes inmuebles los que se encuentran signados con la matrícula computarizada 8.02.2.01.0001927 y 9.01.1.01.0003310, y todo aquel que hubiese sido adquirido a partir de 30 de marzo de 2006.

En la demanda tutelar la accionante refirió que al fallecimiento de su concubino, el hijo de éste fue declarado como único heredero de los bienes dejados por el de cujus; por su parte, interpuso una demanda de unión conyugal libre y de hecho, con la finalidad de solicitar luego la división de bienes que le corresponde, toda vez que dentro de la referida unión conyugal adquirieron dos bienes inmuebles; demanda que fue declarada probada, adquiriendo ejecutoria la sentencia luego de haberle sido favorables los recursos de apelación y casación que se suscitaron; durante la demanda de división y partición de bienes gananciales contra el único heredero, se enteró que los padres del de cujus estaban tramitando dos procesos de anulabilidad de escritura pública a raíz de una demanda de unión conyugal libre y de hecho que habrían llevado adelante los mismos; aquellos procesos tienen como partes intervinientes a los padres y al hijo del de cujus.