SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2017-S1
Fecha: 15-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por intermedio de su representante sin mandato, señaló lesionado sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la presunción de inocencia, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por el delito de violación de infante, niño niña o adolescente, solicitó cesación a la detención preventiva, empero mediante Resolución 248/2016 de 22 de noviembre, Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero, rechazó la solicitud por supuestamente subsistir los presupuestos establecidos en los arts. 233.1 y 2; 234.1 y 2 y 235 todos del CPP, por lo que presentó recurso de apelación que fue resuelto mediante Resolución 258/2016 de 5 de diciembre, donde los Vocales de la Sala Penal Primera hoy codemandados, en el fondo confirmaron la resolución apelada, sin haber aparentemente considerado los argumentos planteados y sin realizar la valoración correspondiente de las pruebas presentadas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2.
- ;
- resolución que modifique o mantenga una medida cautelar
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR