Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2017-S2
Fecha: 13-Mar-2017
denegó
El Juez de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 34/16 de 5 de diciembre de 2016, cursante de fs. 12 a 13 vta., denegó la tutela solicitada, con el fundamento que no concurren ninguno de los presupuestos de procedencia establecidos para que se tutele el debido proceso mediante la acción de libertad, como el acto lesivo vinculado a la libertad, al ser causa directa de su restricción o supresión; y el estado absoluto de indefensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Para la procedencia de la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho, sólo se requiere verificar que el acto dilatorio esté vinculado al derecho a la libertad
- para resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. La falta de resolución del incidente de nulidad de imputación tiene vinculación directa con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo
- 3°