SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0209/2017-S1

Fecha: 24-Mar-2017

II.8.

II.8.  Mediante Auto de Apertura de Proceso de 30 de junio de 2016, que determina la admisión de la denuncia interpuesta por el Directorio del referido sindicato estableciendo que en el plazo de cinco días el impetrante de la tutela pueda contestar a la misma, bajo conminatoria de proseguir la causa en rebeldía. A lo que el accionante respondió negativamente a la misma mediante memorial de 14 de julio del señalado año. Lo que mereció Decreto de 19 de igual mes y año, convocando a audiencia de conciliación para el 28 del referido mes y año, en oficinas del Tribunal de Honor del Sindicato Mixto de Transportistas Línea 7 “Nuestra Señora de Urkupiña” (fs. 12 a 16)