SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

concedió en parte

La Jueza Público de la Niñez y Adolescencia Primera de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 13/2017 de 16 de enero, cursante de fs. 179 a 182, concedió en parte la tutela solicitada, ordenando el pago de sueldos devengados conforme al contrato de prestación de servicios de 1 de junio de 2016, en base a los siguientes fundamentos: 1) Si bien es cierto que la acción de amparo debe estar dirigida contra la autoridad que ostenta el cargo durante el momento del planteamiento de la acción, así como de la anterior autoridad, puede también ser dirigida contra la autoridad superior que representa el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, quien pudo enmendar la posible vulneración de derechos; más aún si fue esta autoridad quien delegó funciones al Director de Talento Humano la facultad de designación y agradecimiento de servicios; 2) El accionante recurrió ante la Jefatura del Regional del Trabajo de El Alto, por lo que se encuentra habilitada la acción de amparo constitucional; 3) No es aplicable la inamovilidad laboral, ya que el nacimiento del niño, data de 29 de enero de 2016, es decir “29 días de haber finalizado el contrato a plazo fijo que concluyó el 30 de diciembre de 2016”, que fue interrumpido con la destitución del accionante el 11 de agosto de 2016; 4) A pesar de su discapacidad que padece, tenía conocimiento del carácter provisional de su contrato, por lo que no puede reclamar el carácter indefinido ni la inamovilidad laboral; 5) Al no contarse con los antecedentes del proceso sumario, no se puede evidenciar si fue violatorio o no de su derecho al debido proceso; y, 6) La conminatoria de reincorporación al emerger de un acuerdo conciliatorio de 29 de septiembre de 2016, correspondía ser cumplida hasta el momento la finalización de contrato de trabajo; empero, al no haber ocurrido aquello se lesionó su derecho a obtener una remuneración justa para su manutención.