SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0260/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0260/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

el art. 117.II de la CPE, prevé que: ’Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho…‘,

El principio del non bis in ídem, es una derecho - garantía reconocido y consagrado no sólo por el orden constitucional interno sino también por los Instrumentos Internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su art. 8 inc. 4), y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en el art. 14 inc. 7); derecho que impone al Estado no someter a proceso a un imputado dos veces por el mismo hecho, sea en forma simultánea o sucesiva. Esto significa que una persona no puede ser sometida a una doble condena o sanción. Es así, que respecto a este derecho - garantía fundamental, el extinto como el actual Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronunciaron de manera uniforme, entre otras, en la SCP 0707/2015 de 22 de junio, al señalar: ”…el art. 117.II de la CPE, prevé que: ’Nadie será procesado ni condenado más de una vez por el mismo hecho…‘, estableciendo de manera expresa, dentro del contexto jurídico constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, al principio doctrinal de derecho del non bis in idem.