Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0266/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
II.1.
II.1. Por Certificado 1533/2016 expedido por el Director de RR.HH. de la Universidad Autónoma del Beni “José Ballivián”, se infiere que Adriana Gómez Morant, prestó servicios desde el 12 de marzo de 2012, como docente asistente tiempo completo invitada de la Carrera de Ingeniería Civil, hasta el 5 de agosto de 2016 (fs. 49); asimismo, cursan boletas de pago de la citada Universidad (fs. 46 a 48), y memorándums de designación (fs. 53 a 62).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por las Jefaturas Departamentales del Trabajo, por parte del empleador
- para hacer cumplir las órdenes de conminatorias y revisar las mismas
- III.3. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo