SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2017-S1

Fecha: 31-Mar-2017

la acción de inconstitucionalidad concreta, conoce en efecto la impugnación de normas en abstracto, pero dentro de un caso concreto en el que una resolución del proceso

            …la acción de inconstitucionalidad concreta, conoce en efecto la impugnación de normas en abstracto, pero dentro de un caso concreto en el que una resolución del proceso judicial o administrativo dependa de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción. Así, respecto a la acción de inconstitucionalidad concreta y la supremacía constitucional como garantía ciudadana, la SCP 0646/2012 de 23 de julio, establece los siguientes entendimientos: '…al contener la Constitución Política del Estado las reglas mínimas de convivencia, derechos, principios y valores fundamentales informadores de todo el ordenamiento jurídico, las demandas de acción de inconstitucionalidad concreta no sólo comprometen el derecho e interés subjetivo sino que trascienden el mismo de tal forma que la depuración del ordenamiento jurídico de normas inconstitucionales es de interés público.

Lo anterior no es extraño, si se considera que la supremacía constitucional histórica y doctrinalmente deviene en una garantía de los ciudadanos frente al poder y fundamentalmente frente al Órgano Legislativo               –piénsese en las ideas de Kelsen que se centraron respecto al control de leyes por parte del Tribunal Constitucional– cuya atribución básica conforme al art. 158.3 de la CPE, es la de: «Dictar leyes, interpretarlas, derogarlas, abrogarlas y modificarlas».