Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0283/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
II.5.
II.5. Mediante nota de 3 de noviembre de 2013, Farmacorp S.A. hace conocer que en ningún momento rehusaron el pago de arrendamiento, emitiendo los cheques respectivos, siendo a cambio obligación la entrega de las correspondientes notas fiscales o recibos de alquiler, por lo que el pago del arrendamiento estaría supeditado a la entrega del recibo fiscal que nunca les hicieron llegar al domicilio señalado en el contrato (fs. 5 a 6).
- Anne Paola McFarlane de Rodríguez en representación legal de Farmacias Corporativas Sociedad Anónima (Farmacorp S.A.)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- III.2
- III.2.1. Requisitos para que opere la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Valoración de la prueba
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR