AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2017-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2017-CA

Fecha: 11-Abr-2017

Jueza de Instrucción Penal Cuarta del departamento de Potosí,

En consulta la Resolución de 23 de marzo de 2017, cursante de fs. 25 a 31 vta, pronunciada por la Jueza de Instrucción Penal Cuarta del departamento de Potosí, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Víctor Rospilloso Mita, demandando la inconstitucionalidad del art. 234.6 “primer apartado” y 8 del Código de Procedimiento Penal (CPP) -Ley 1970 de 25 de marzo de 1999-, modificado por el art. 1 de la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal    -Ley 007 de 18 de mayo de 2010-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13, 115, 116, 117.I, 119, 120.I, 180.I, 256.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.