Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2017-RCA
Fecha: 06-Abr-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 005/2017 de 22 de febrero, cursante de fs. 40 a 41 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Cynthia Martha Aramayo Aguilar en representación legal de FERROVIARIA ANDINA Socieda Anonima (S.A.) (FCA S.A) contra Pastor Segundo Mamani Villca, Jorge Isaac Von Borries Méndez, Rómulo Calle Mamani, Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, Rita Susana Nava Durán, Norka Natalia Mercado Guzmán, Maritza Suntura Juaniquina y Fidel Marcos Tordoya Rivas, todos Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantias supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la segunda, la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR