SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2017-S3

Fecha: 03-Abr-2017

II.4.

II.4. A través del memorial de 30 de enero de “2016” -siendo lo correcto 2017-, el accionante dirigiéndose al Fiscal de Materia hoy demandado, expresó que: “…no puede haber dos investigaciones menos conciliación dehechos que estan bajo control jurisdiccional del juez cautelar respectivo…” (sic), y asimismo, manifestó que “…el hecho que la Sra. Nogales trae a conciliación tiene que que ver conel caso denunciado por mi persona al cual la misma ni siquiera comparecio a declarar al fiscal” (sic [fs. 9]).