SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

II.2.

II.2.  Mediante Auto de 13 de agosto de 2014, emitido por Javier Rolando Chaca Quina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz en suplencia legal, dispuso la notificación del representante del Ministerio Público asignado al caso para que en plazo de cinco días hábiles cumpla con lo previsto por los arts. 300, 301 y 302 del CPP; señalando que de la revisión del libro de control de la investigación, se anunció el inicio de investigación el 1 de junio de 2013, y que de acuerdo al nuevo ordenamiento jurídico procesal, una vez recibidas las actuaciones policiales el Fiscal de Materia debe adecuar su conducta a una de las formas previstas por el art. 301 del CPP, lo que debe ocurrir en las primeras actuaciones bajo responsabilidad (fs. 75).