SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

concedió

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 01 de 2 de febrero de 2017, cursante de fs. 32 vta. a 34, vta., concedió la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) La apelación restringida fue presentada por la accionante el 11 de noviembre de 2016, los Jueces Técnicos hoy demandados, mediante decreto de 15 del igual mes y año, dispusieron: “se corra traslado a las partes, y contestada que sea la apelación se remitirán las actuaciones en el término de 3 días, conforme el art. 409 del CPP, previo sorteo”; b) El Ministerio Público y la parte civil, fueron notificados con el referido decreto el 28 de noviembre de 2016, por consiguiente los diez días hábiles para contestar la apelación restringida, sin incluir las vacaciones judiciales, vencía el 9 de enero de 2017, empero la parte civil, pero se contestó el 6 del citado mes y año, aspecto por el cual, las autoridades hoy demandadas, emitieron el decreto disponiendo: “Dese cumplimiento al decreto de fecha 15 de noviembre de 2016”, refiriéndose que el plazo de remisión ante el Tribunal de apelación es dentro de los tres días; y, c) La apelación restringida, fue remitida por los demandados el 1 de febrero de 2017, es decir luego de haber transcurrido más de veinte días hábiles, por lo que se vulneró el derecho al debido proceso y el principio de celeridad de la imputada.