SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2017-S3

Fecha: 10-Abr-2017

sin lugar

El Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 99/2017 de 22 de febrero, cursante de fs. 42 a 46, declaró “sin lugar y en consecuencia “improcedente la acción planteada, bajo los siguientes fundamentos: 1) En relación al debido proceso el Tribunal Constitucional Plurinacional señaló reiterada y uniformemente que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción; 2) El accionante se encuentra privado de libertad de manera legal con un mandamiento de detención preventiva, es más el imputado ahora accionante se sometió a una salida alternativa al juicio oral de un procedimiento abreviado, así consta de la Sentencia condenatoria dictada en su contra, si bien el nombrado renunció al recurso de apelación, pero no así el Fiscal, este último fue notificado el 7 de febrero de 2017 con la Sentencia y a partir de la misma recién corre el plazo de los quince días, consiguientemente se aplicó lo dispuesto en el art. 163.2 del CPP, de modo que el Juez demandado cumplió con el “voto de la ley”; y, 3) No se debe confundir el razonamiento del art. 160 in fine del citado Código, “…ya que el Juez no advierte que quedan legalmente notificados en audiencia con la resolución dictada, contrariamente advierte que la Sentencia dictada previa notificación tenían el plazo de 15 días para interponer recurso alguno…” (sic).