SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2017-S3

Fecha: 12-Abr-2017

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Segunda de Uncía del departamento de Potosí en suplencia legal de su similar Primera, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 01/2017 de 20 de enero, cursante de fs. 85 a 89, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) La ahora accionante impetró la aprobación del plano demostrativo de un bien inmueble ante el Gobierno Autónomo Municipal de Chayanta, respecto al cual todos los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos de acuerdo a la normativa administrativa municipal, y en el presente caso la “recurrente” tenía los recursos administrativos para poder hacer prevalecer sus derechos, debiendo subsanar las observaciones que le fueron notificadas; 2) De los planos demostrativos se advirtió la inexistencia de correlación en la superficie del bien inmueble de propiedad de los padres fallecidos de la ahora accionante, estando incluso involucrados predios pertenecientes al municipio de Chayanta; y, 3) No se vulneró el derecho de petición, debido a que todas las solicitudes que fueron enviadas a la autoridad hoy demandada fueron respondidas en forma pronta y oportuna con las observaciones efectuadas por la Unidad de Catastro y Urbanismo de Uncía para la aprobación del plano demostrativo.