SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
III.4. Análisis del caso concreto
De los hechos que motivaron la interposición de esta acción, se advierte como problema jurídico a resolver, si puede agravarse la situación de una persona privada de libertad con sentencia condenatoria; en el presente caso, Italo Da Concepción Da Silva, denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud y a la integridad física debido a que la autoridad demandada ordenó, a su entender, de manera arbitraria e ilegal su traslado al lugar denominado “La Tapa Negra”, donde habría sido torturado provocándole hematomas y escoriaciones en su piel, siendo además incomunicado y privado de recibir visitas de familiares, llegando al extremo de hacer sus necesidades en bolsas. Revisados los antecedentes remitidos a este Tribunal y dada la situación por la que se planteó esta garantía constitucional, únicamente se cuenta con el acta de audiencia de acción de libertad de 24 de febrero de 2016, donde el Tribunal de garantías constató las condiciones infrahumanas en la que el accionante estuvo por veintidós días, según se describe en la Conclusión II.1 de esta Resolución.
Precisada la problemática a resolver y los antecedentes con los que cuenta este Tribunal Constitucional Plurinacional, para ejercer su función de control de constitucionalidad en acciones tutelares y determinar la existencia o no de vulneración a los derechos denunciados; corresponde remitirnos a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia, que si bien se desarrolló bajo otro orden constitucional (SC 1579/2004-R), empero, no resulta contraria al actual, de ahí que corresponde su aplicación. Siendo la acción de libertad, antes habeas corpus, el mecanismo idóneo para resguardar los derechos a la libertad y la vida por mandato constitucional, la protección que brinda se activa ante actos que de alguna manera vulneren o amenacen los referidos derechos.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del representante del Consulado de Brasil
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- Fragmento 11
- al agravar arbitrariamente las condiciones de la detención, restringen con mayor intensidad la libertad personal de los detenidos
- III.4. Análisis del caso concreto
- sin embargo, la indicada autoridad debió observar que el lugar donde vaya a resguardar al privado de libertad, al menos, cumpla con las mínimas condiciones para su permanencia ahí, ello en atención a su condición de ser humano y porque al estar con sentencia condenatoria no implica de modo alguno la pérdida de esa condición como titular de derechos que deben ser respetados en todos los ámbitos por el solo hecho de ser persona. En otros términos, al trasladar al accionante al lugar denominado “La Tapa Negra”, que según describió el accionante sus
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