SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2017

Fecha: 03-Abr-2017

23 de septiembre de 2016

De la misma forma, el Fiscal de Materia el 23 de septiembre de 2016 formuló recurso de apelación incidental, de conformidad con el art. 251 concordante con el art. 404.3) ambos del CPP, solicitando se revoque la determinación adoptada en audiencia de modificación de medidas cautelares, de presentarse de lunes a viernes en la ciudad de La Paz y en la ciudad de Potosí cada quince días, pidiendo se mantenga la medida cautelar de presentación de lunes a viernes en la ciudad de Potosí. Producto de ello, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia, pronunció el Auto de Vista de 6 de octubre de 2016, declarando procedente la apelación incidental, en consecuencia revocó la Resolución impugnada, manteniendo firme el Auto Interlocutorio de 17 de agosto del mismo año, basando su único sustento en las finalidades contenidas en el art. 221 del adjetivo penal.