Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2017-S1
Fecha: 25-Abr-2017
II.2.
II.2. El 21 de febrero de 2017, Grecia Gonzáles Cartagena, Encargada del REJAP de El Alto del departamento de La Paz, emitió un informe por el cual dio cuenta que Patricio Romero Huanca, registra un Auto de 18 de marzo de 2014, de declaratoria de rebeldía emitida por el Juzgado Cuarto de Instrucción del mismo departamento, por la presunta comisión del delito de estafa (fs. 68)
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- establece un procedimiento de protección inmediata tanto del derecho a la vida así como de aquellas situaciones en las que el derecho a la libertad física de las personas se encuentra lesionada por causa de una ilegal persecución, indebido procesamiento o indebida privación de libertad
- ‘a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida’
- III.3. Análisis del caso
- CONFIRMAR