SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2017-S2

Fecha: 17-Abr-2017

a)

Solicita se conceda la tutela, ordenando la nulidad del proceso de desalojo por avasallamiento de propiedad privada y en consecuencia a) Se deje sin efecto lo dispuesto mediante Sentencia Agroambiental 02/2016 de 7 de marzo y Auto Nacional Agroambiental S2 043/2016; y, b) Se disponga el desapoderamiento de los ocupantes arbitrarios con apoyo de la Policía Boliviana, conminándoles a la reposición inmediata de sus cercas y el retiro de todo lo colocado o construido, más el pago de costas procesales, resarcimiento de daños y perjuicios; y, c) Se ordene la cesación de actos materiales y amenazas por parte de los terceros interesados.

Fermín Martínez Segovia y Eulogia García Ávalos de Martínez, mediante escrito cursante de fs. 113 a 118, señalaron que: a) No corresponde dilucidar en el ámbito constitucional el fondo del asunto; b) La acción de amparo constitucional no procede contra determinaciones de fondo que debe ser debatida en la justicia ordinaria; c) En “el recurso extraordinario” no se dilucidará la titularidad del derecho ni se resolverá el fondo del litigio; d) No procederá la presente acción contra toda irregularidad cometida dentro de un proceso; e) No se identificó de manera clara y precisa cuáles son los derechos y garantías constitucionales conculcados; f) Se limitaron a exponer una mera relación del expediente; y,      g) Tuvieron expeditas las vías legales para impugnar las decisiones judiciales en su momento, por lo que solicitan se deniegue la tutela solicitada.