Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2017-S2
Fecha: 17-Abr-2017
i)
Marco Antonio Torrez Saracho, Juez Agroambiental de Yacuiba del departamento de Tarija, mediante informe escrito cursante de fs. 159 a 160, señaló que: i) Dentro el referido proceso, dictó la Sentencia 02/2016, bajo fundamentos fácticos y jurídicos que se exponen en la redacción y bajo la sana crítica que tuvo su persona; y, ii) Dio la tramitación correspondiente al recurso de casación presentada por los accionantes en la forma y fondo hasta su consiguiente remisión ante el Tribunal Agroambiental; por lo que no causó ninguna lesión que amerite la acción, razón por la que solicita se deniegue la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1.
- criterio plasmado en el art. 129.II de la Constitución Política del Estado (CPE),
- , la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo