SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2017-S2

Fecha: 17-Abr-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogada, en audiencia pública se ratificó el contenido el memorial interpuesto en la acción de libertad y amplió señalando que el: Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, avasalló el lote de terreno y demolió parte de las viviendas, donde viven personas menores y ancianas y una discapacitada, situación que conllevó a demostrar el abuso de poder en cuanto a la voluntad a realizar una acción que no correspondía, porque su defendida es propietaria del bien inmueble, los funcionarios de la Alcaldía Municipal otorgaron servicios básicos de agua y luz para proceder luego de manera arbitraria a cortar dichos servicios, situación que pone en riesgo permanente su vida; asimismo, mediante informe se manifestó que Víctor Pary Calizaya, no hizo conocer que tiene familia y que estaba ocupado la vivienda, no obstante que su defendida demostró con prueba documental de buena fe cómo adquirió la propiedad y que vive más de nueve años de manera pacífica, se presentó fotografías de demolición, según la jurisprudencia constitucional, cuando se trata de afectaciones que pongan el peligro al vida de las personas la tutela es procedente, por lo que solicitó que se aplique los principios constitucionales, en cuanto al derecho propietario, se tiene que de la sola lectura esta partida corresponde al Municipio de más de cien hectáreas; sin embargo, el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, no demostró su derecho de propietario, lo que sí hizo su defendida, con prueba documental que prueba cómo adquirió la propiedad y que vive más de nueve años de manera pacífica.