Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2017-S2
Fecha: 17-Abr-2017
II.4
II.4. El 20 de febrero de 2017, Fabián Horacio Rodríguez Velasco, Director de Ordenamiento Territorial del Municipio precedentemente indicado, mediante providencia, señaló que el 20 de febrero de igual año, a horas 9:00, se realizará la demolición de construcción clandestina con la ayuda necesaria por invasión a la propiedad municipal, en contra de Víctor y Iber, ambos Pary Calizaya (fs. 29 del anexo).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II
- II.4
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo