AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2017-RCA

Fecha: 05-May-2017

1)

La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Auto de 3 de abril de 2017, cursante a fs. 24 y vta., ordenó que la accionante subsane lo siguiente: 1) Explique el nexo o relación de causalidad entre los hechos expuestos, así como los derechos supuestamente lesionados y el petitorio; 2) Especificar cuál es el acto vulneratorio de derechos y garantías constitucionales; 3) Precise los hechos que le sirven de fundamento; 4) Identifique con claridad los derechos o garantías constitucionales y la forma en la que se habría vulnerado; 5) Concretar cuál es la pretensión que solicita sea declarada por este “tribunal de amparo”; 6) Aclare si cumplió con la subsidiariedad; 7) Acredite que esta acción fue presentada dentro del plazo de los seis meses a partir del supuesto acto vulneratorio; 8) Presente toda la prueba pertinente que respalde la acción de amparo constitucional; y,   9) Identifique a terceros interesados.