AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2017-RCA

Fecha: 05-May-2017

I.5. Síntesis de la impugnación

El accionante señala que, el Juez de garantías realizó una interpretación por demás restrictiva y oficiosa, relacionado al cómputo del plazo de inmediatez en la presente acción de defensa; toda vez que, la interrupción del plazo de los seis meses debe ser entendida ante la presentación inicial de la acción de amparo constitucional que se tiene por no presentada, siendo posible el planteamiento de una nueva acción tutelar que cumpla con el plazo de inmediatez; ya que, el tiempo de presentación de la primera acción no es computable en la suma de los seis meses.