Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0189/2017-RCA
Fecha: 23-May-2017
Fragmento 4
Solicita se conceda la tutela, disponiendo lo siguiente: 1) La nulidad de las Resoluciones Ministeriales 1039 de 31 de diciembre de 2015, 049/2016 de 16 de febrero, ambas dictadas por el Ministerio de Educación; y la RA 023/2016 de 15 de julio de recurso jerárquico; 2) Las garantías constitucionales de funcionar normalmente como Universidad, brindando enseñanza y educación, como pilar fundamental del Estado y que la autoridad demandada, tiene el deber de respetar y garantizar el cumplimiento del DS 1067; y, 3) La calificación de daños y perjuicios, como costas procesales.
- Fragmento 1
- a)
- I.2.
- Fragmento 4
- i)
- por no presentada
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- OTROSÍ
- CONFIRMAR