Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2017-S1
Fecha: 04-May-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 20 de febrero de 2017, cursante de fs. 114 a 116 pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Segundo del departamento de Pando; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.3. La fundamentación y motivación como parte del debido proceso
- Fragmento 13
- III.4. De la Congruencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- i)
- a)
- CONFIRMAR