Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2017-S3
Fecha: 09-May-2017
Fragmento 8
“I. Las excepciones se tramitaran por la vía incidental por una sola vez, ofreciendo prueba idónea y pertinente, las cuales podrán plantearse por escrito ante la o el Juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de diez (10) días computables a partir de la notificación judicial con el inicio de la investigación preliminar, sin interrumpir actuaciones investigativas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- III.1. De las excepciones e incidentes
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 11
- sin que ello implique la suspensión de la audiencia de medidas cautelares que se encontraba con anterior señalamiento