SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0394/2017-S3

Fecha: 09-May-2017

II.1.

II.1.  Por Conminatoria METPS/JDTCBBA/ 281/2016 de 23 de septiembre, emitida por el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba -hoy tercero interesado-, se conminó a ECOBOL a través de su representante y/o representantes legales a reincorporar a María Zulema Rojas Zeballos -ahora accionante-, en el plazo máximo de tres días hábiles improrrogables, en el último cargo que venía desempeñando, más el pago de salarios devengados como si no hubiese dejado de trabajar ni un solo día, desde el día del despido injustificado, también se le restituya cuanto antes el seguro a corto y largo plazo, además se prohíbe toda clase de acoso laboral y discriminación contra el trabajador y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de la incorporación, en virtud al Decreto Supremo “495/10” (fs. 10 a 12); notificándose a la parte empleadora el 28 de septiembre de 2016 (fs. 13).