SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2017-S1

Fecha: 12-May-2017

El Estado garantiza el derecho a la defensa y a una justica plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’

A su vez, el art. 115 de la CPE dispone que ‘I. Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos. II. El Estado garantiza el derecho a la defensa y a una justica plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones’.

De lo que se concluye que toda persona tiene derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y plazo razonable, puesto que la posibilidad que tiene el Estado, por medio del jus puniendi, de aplicar medidas de carácter coercitivo como la detención preventiva, justifica de manera decisiva el trato prioritario que se debe otorgar a todos aquellos procedimientos que privan de libertad al individuo.