Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2017-S2
Fecha: 02-May-2017
II.5.
II.5. Mediante informe D.G.R.P. – D.L.C. 105/2016 de 4 de abril, Vanessa Nancy Quispe Copacondo, Abogada de la Dirección General de Régimen Penitenciario, hizo una simple réplica de los argumentos de los informes D.G.R.P. – D.L.C. 67/2016 y D.G.R.P. – D.L.C. 71/2016 de 29 de febrero, estableciendo que el plazo para acogerse a este beneficio se aplica a los privados de libertad en los que el proceso penal en su contra hayan iniciado hasta antes del 14 de noviembre de 2015 y que sus procesos adquieran sentencia condenatoria ejecutoriada hasta el 30 de junio de 2016 (fs. 37).