SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2017-S3

Fecha: 19-May-2017

a)

Solicitan se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: a) El cese del procesamiento indebido, y la persecución ilegal e indebida; b) Se “…someta el Fiscal al control jurisdiccional del Juez Quinto de Instrucción de la ciudad de El Alto, debiendo en el día adecuar alguna de las formas previstas por el Art. 300 y 301 de la norma adjetiva penal…” (sic); y, c) Se restablezcan sus derechos y garantías; y, se apliquen las reglas del bloque de constitucionalidad.

…para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’” (las negrillas nos corresponden).