SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2017-S1

Fecha: 24-May-2017

Fragmento 12

  Respecto a la intimación de pago y al mandamiento de apremio, el            art. 415 de la Ley 603, establece que, la autoridad judicial una vez vencido el plazo, de oficio o a instancia de parte, procederá a aprobar la liquidación de la asistencia familiar practicada, intimando al pago dentro del tercer día, para posteriormente a instancia de parte o de oficio y sin otra substanciación, disponer el embargo y la venta de los bienes de la o el obligado en la medida necesaria para cubrir el importe de las pensiones devengadas, todo sin perjuicio de emitir el mandamiento de apremio respectivo con facultades de allanamiento y de ser necesario con rotura de candados.