SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2017-S3
Fecha: 26-May-2017
concedió
El Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 177/2017 de 30 de marzo, cursante a fs. 75 y vta. concedió la tutela solicitada, disponiendo que las Juezas demandadas remitan dentro de las veinticuatro horas los antecedentes de la apelación incidental ante el superior en grado, bajo los siguientes fundamentos: i) Las autoridades demandadas se limitaron a explicar los motivos por los cuales no remitieron los antecedentes de la apelación incidental; y, ii) No existe detención ni persecución indebida, pero sí vulneración al debido proceso, al principio de celeridad y al derecho de petición, ante la falta de remisión al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de los antecedentes de apelación incidental contra la Resolución de “7 de julio de 2016”.
- acción de libertad
- 7 de JULIO DE 2016
- DEBIDO
- ANTE EL TRIBUNAL DEPARTAMENTAL DE JUSTICIA PARA QUE LA MISMA SEA SORTEADA ANTE UNA DE SUS SALAS Y SE
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.
- II.4.
- II.6.
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR