SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

a)

La parte accionante a través de su abogado manifestó: a) Es evidente que contra la Resolución de 20 de enero de 2017, se planteó una apelación; toda vez que, la Jueza demandada no realizó una correcta fundamentación ni valoración de las pruebas presentadas en audiencia, posterior a dicho recurso se interpuso una acción de libertad que fue rechazada por estar pendiente la apelación que recién fue emitida el 20 de marzo de igual año, rechazándose la misma por no haberse presentado en su debido momento; b) En la audiencia de 20 de enero de 2017, se desvirtuó los riesgos procesales establecidos en el art. 289 del CNNA, que no fueron valorados correctamente por la Jueza demandada, es decir, que la autoridad demandada no valoró la prueba ofrecida el efecto, además de tramitar en la actualidad desistimiento por los padres de la víctima, cursando certificado médico forense en el cual se determina que no  existe impedimento alguno en la menor; y, c) El art. 291 del CNNA, establece que no debe exceder más de cuarenta y cinco días sin acusación fiscal; empero, dicho plazo no se cumplió, pues la audiencia se señaló el 13 de marzo de 2017, más del tiempo establecido, sin que la representante del ministerio público hasta esa fecha haya presentado acusación formal, de igual manera el inc. d) de dicho artículo establece que cesará la detención preventiva cuando su duración exceda los tres meses sin sentencia en primera instancia, sin embargo, transcurrió más de este lapso por el que el menor se encuentra privado de su libertad, consecuentemente, la etapa investigativa de la fiscal no debe ser mayor a cuarenta y cinco días corridos.