SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

irrazonabilidad e inequidad en la valoración probatoria

En el caso concreto, respecto a la denunciada irrazonabilidad e inequidad en la valoración probatoria desplegada por las autoridades demandadas, de la lectura del Auto de Vista 265, no se observa que la valoración probatoria desplegada se haya apartado de los marcos legales de razonabilidad y equidad para determinar la inconcurrencia de los riesgos procesales contenidos en los arts. 234.10 y 235.2 del CPP, advirtiéndose más al contrario la existencia de un análisis razonable y coherente de los antecedentes fácticos y los elementos de convicción en los que basaron la decisión asumida; asimismo, respecto a la denunciada omisión arbitraria en la valoración probatoria, se tiene que las autoridades demandadas consideraron de forma integral los elementos probatorios y el contenido de los argumentos de las partes, determinando respecto al art. 234.10 del mismo cuerpo legal que “…no existe ningún fundamento valido que conduzca a este Tribunal para entender que estando en libertad el imputado podría constituir un verdadero peligro para la víctima…” (sic); asimismo, con relación al art. 235.2 del referido Código, se concluyó que la apelante “…no nos trajo a esta audiencia fundamentos estableciendo de qué manera podría influir, debe quedar claro que no simplemente es suficiente decir que influirá negativamente, si no que además debe haber saber a este Tribunal de qué manera va a influir negativamente…” (sic), aspectos que denotan una valoración probatoria completa de los elementos de convicción, considerando además que en el presente caso la accionante no señaló la prueba que supuestamente hubiera sido omitida en su valoración por parte de las autoridades ahora demandadas, circunstancias que devienen en la denegatoria de la tutela sobre este punto.