SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0466/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

i)

Juan Orlando Rios Luna y Roxana Orellana Mercado, Consejeros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura, presentaron informe escrito cursante de fs. 300 a 303 vta., señalando que: i) La accionante impugnó la Resolución Definitiva 27/2016, estableciendo tres agravios, identificados de la a) a la c);      ii) No se advierte que se hubiera vulnerado los derechos de la referida, ya que    el fallo impugando se emitió acorde a las facultades y potestades que la ley confiere, guardando coherencia, motivación y fundamentación; iii) Señalaron   que el recurso de apelación tenía cuatro puntos, no obstante, se tiene de obrados que solo son tres, dividiendo el primero en dos agravios; iv) Se hubiera apelado por ausencia de fundamentación de la prueba, pero se resolvió por incorrecta valoración probatoria conforme se desprende del Considerando III y en las negrillas, se evidencia de forma textual lo extrañado al igual que lo referente a la valoración de la prueba; v) El primer y segundo agravio fueron respondidos        de manera expresa, lo que sucede es que la impetrante de tutela no esta de acuerdo con lo determinado; vi) Una reinterpretación a lo resuelto en primera instancia no corresponde a la justicia constitucional y de prenteder ello, correspondía que se cumplan ciertos parámetros; vii) El inicio de procesos disciplinarios no implica una intromisión de la función jurisdiccional; y, viii) El cuarto agravio fue respondido aunque no de forma ampulosa, pero si de forma concisa y ordenada.