SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2017-S3

Fecha: 29-May-2017

1)

Yohana Montaño Encinas, Abogada Regional I de la ANB, refirió que: 1) De acuerdo al acta de decomiso, se evidencia la primera intervención realizada al vehículo de propiedad del ahora accionante; sin embargo, en ese entonces previo pago de la multa conforme al art. 181 del CTB, el mismo fue liberado al tratarse de un ilícito administrativo y no penal, habiéndose llevado a cabo el correspondiente proceso vía administrativa; empero, dicho medio de transporte nuevamente fue interceptado el 17 de noviembre de 2013, en instalaciones del recinto aduanero “ALBO”, vehículo que en su interior contenía mercancía prohibida; y, 2) No puede alegarse desconocimiento de la norma puesto que el accionante ya sabía que estaba cometiendo un ilícito, siendo su conducta reiterada.

1)  De la revisión de los antecedentes del proceso se tiene que dentro del caso ANB-FISCA 003/13, el Ministerio Público junto a funcionarios de la ANB, procedieron a la realización de un operativo, habiéndose elaborado el acta de secuestro el 17 de noviembre de 2013 sobre el vehículo con placa 2276/CLP(1), en el cual se encontraban noventa y tres fardos de ropa usada en su interior, fundamentándose el secuestro debido a que ese vehículo era el instrumento de la comisión del delito de sustracción de prenda aduanera; por otro lado, se evidencia que según los datos arrimados al cuaderno procesal, el tercerista Tiburcio Mamani Higueras -hoy accionante- se dedica exclusivamente al transporte de mercadería desde el 2012, no pudiendo alegar desconocimiento de la normativa aduanera, teniendo el mismo otro antecedente de transportar mercadería o ropa usada en el mismo vehículo que hoy reclama su devolución; verificándose ese hecho anterior en el acta de comiso 3837 de 15 de agosto de 2013, cuando fue sorprendido con ciento veinte fardos de ropa usada, pero ahora luego de tres meses nuevamente incurre en la misma actividad ilícita; y,