SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0469/2017-S3

Fecha: 29-May-2017

1)

Magalí Zaida Calderon Maldonado, Jueza de Sentencia Penal Segunda de la Capital del departamento de Tarija, mediante informe presentado el 19 de abril de 2017, cursante de fs. 145 a 146 vta., señaló que: 1) En el proceso penal que sigue el ahora accionante por el delito de despojo, no existe ni una sola audiencia suspendida por motivos atribuibles a la autoridad jurisdiccional, debiendo considerarse que la carga procesal existente es alta; y, 2) Debe rechazarse la acción de defensa interpuesta por el principio de inmediatez ya que desde la última Resolución impugnada ya transcurrió casi un año.

1)   “…siendo el delito de despojo un delito de efectos permanentes en tanto los despojantes sigan permaneciendo en el bien ocupado, como lo es en el presente caso, la juez de merito no debió declarar la prescripción del mismo favoreciendo a los querellado Oscal Villalba y Oscar Alejandro Villalba Zenteno” (sic);