SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
1)
Freddy Larrea Melgar, Fiscal Departamental de Santa Cruz, presentó informe escrito cursante de fs. 261 a 264, señalando que: 1) La Resolución Fiscal Departamental GPJ 137/16, de acuerdo a la revisión del cuaderno de investigaciones no vulnera derechos de los accionantes, en razón a que los elementos descritos como acta de secuestro de vehículo conducido por el hijo del imputado, certificados de autopsia de las víctimas, reporte técnico de Juan Carlos Calderón y Rómulo Castro Huallpa, así como el croquis de referencia del lugar de los hechos y el modo de impacto, el informe técnico circunstanciado, la declaración presentada por la víctima Susy Keenan Mendoza, evidentemente no fueron valorados al momento de emitir la referida Resolución, en virtud a que durante la etapa investigativa en ningún momento fueron incorporados al cuaderno de investigaciones, como tampoco fue solicitada su incorporación por los denunciantes; y, 2) Los accionantes tienen el deber de acreditar cuál fue la vulneración a su derecho al momento de interponer la acción de amparo constitucional, dónde y cómo se produjo, aspecto que no se hizo en el presente caso; por lo que, pide se deniegue la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1.Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los elementos del debido proceso
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- Fragmento 16
- III.5. De la revisión de resoluciones fiscales de ratificación o revocatoria de sobreseimiento
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR