SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0487/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0487/2017-S2

Fecha: 22-May-2017

i)

Nuria Gisela Gonzales Romero y Karem Lorena Gallardo Sejas, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, presentaron informe escrito de 30 de marzo de 2017, cursante a fojas 127 a 129 vta., por el que pidieron que se deniegue la tutela impetrada, manifestando que: i) La interpretación de la legalidad ordinaria es una tarea propia de los jueces y tribunales ordinarios y no de la jurisdicción constitucional (SC 0085/2006-R de 25 de enero); y el accionante pretendió activar dicha jurisdicción como si se tratara de una instancia casacional; ii) El Auto de Vista de 3 de marzo de 2016, es congruente, motivado y fundamentado acorde a las normas procesales penales y jurisprudencia constitucional, por lo que no vulneró derechos y garantías constitucionales del accionante; y, iii) Advirtieron que la imputación formal cumplió con los requisitos exigidos por el art. 302 del CPP, y surgió como resultado de la existencia del hecho y la participación de los individuos en el mismo; que dicha calificación es provisional, que además puede variar conforme al desarrollo de la etapa investigativa.