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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0501/2017-S1

    Fecha: 31-May-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III.
    • III.1.
    • III.2.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.3.  Del derecho al debido proceso en la vertiente de fundamentación, motivación y congruencia
    • Al respecto, sobre la fundamentación, como garantía de legalidad que constriñe a toda autoridad a emitir actos motivados, citando los preceptos legales, sustantivos y adjetivos que apoyen           su decisión, expresando asimismo los razonamientos                lógico-jurídicos del por qué considera que el caso se ajusta a la hipótesis normativa
    • En ese orden de ideas, la jurisprudencia constitucional también se pronunció sobre el principio de congruencia que debe ser observado en las decisiones pronunciadas por los tribunales de alzada; concluyendo en la SCP 0593/2012 de 20 de julio, citando a su vez, a la SC 0682/2004-R de 6 de mayo, que: ‘«…toda resolución dictada en apelación, no sólo por disposición legal sino también por principio general, debe sujetarse a los puntos de apelación expuestos por la parte apelante, que se entiende deben estar relacionados con lo discutido ante el juez a quo (…).
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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