Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2017-S2
Fecha: 22-May-2017
II.6.
II.6. Por escrito presentado ante el Administrador Regional a.i. Sucre de la CNS, el 12 de diciembre de 2016, María Rene Oropeza Domínguez, solicitó que le instruya al Jefe Médico Regional a.i. Sucre de la CNS, que en forma inmediata le señale día y hora de audiencia para posesionarle en el cargo de Médico Dermatólogo con ítem 9338, que ganó en el Concurso de Méritos y Examen de Competencia ARS-015/2016 (Abierta Departamental) (fs. 9 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La garantía del debido proceso, su alcance y protección
- III.2.
- III.3.
- III.4. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR