SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0513/2017-S1
Fecha: 31-May-2017
III.4. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
La SCP 0163/2017-S3 de 10 de marzo, sostuvo que: “El recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier tipo de lesión o vulneración que pueda atentar al derecho a la vida, la libertad o constituir una persecución o procesamiento indebido que atente o ponga en peligro el derecho a la libertad, cuando de acuerdo a las circunstancias concretas, a pesar de existir mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal vigente, éstos resulten ser evidentemente inoportunos o inconducentes, de manera tal que esta acción de defensa, por la urgencia de la situación, se configura como el medio más eficaz para restituir los derechos afectados; empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.3. Sobre la legitimación pasiva
- III.4. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- i)
- III.5.1. Respecto de la alegada aprehensión ilegal y privación de libertad en dependencias policiales
- III.5.2. Con relación a la ausencia de la Fiscal de Materia codemandada
- III.5.3. Con referencia a la actuación del Juez demandado
- CONFIRMAR